De Modificación de los Estatutos de la Cooperativa

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Concurrir el representante orgánico o voluntario con su CARNÉ DE IDENTIDAD.
• Acreditar la existencia legal de la cooperativa a través de la copia autorizada de la escritura constitutiva, la certificación de su inscripción en el Registro Mercantil y el código de identificación fiscal.
• Acreditar legitimación del representante.
• Acta de la asamblea general con el acuerdo adoptado y redacción de los artículos estatutarios modificados.
Si se modifica el objeto social se requiere como antecedente del acto, la autorización mediante acuerdo o resolución, según se trate.

 

NOTAS:
• Los actos referentes a la trasmisión de la propiedad de viviendas se formalizan ante notario público con sede en el municipio donde se encuentre enclavado el inmueble. (Decreto Ley 288/2011)
• El Impuesto sobre Transmisión de Bienes y Herencias contenido en la (Ley 113/2012) es aplicable a los actos notariales.