El vicepresidente para el Órgano de la Administración surge para incrementar la efectividad y eficiencia de la administración local en su gestión y fortalecer los mecanismos de trabajo administrativos.
El Presidente delega en el Vicepresidente para el Órgano de la Administración aquellas tareas que le permitan asumir la dirección y control de este órgano, excepto las atribuciones y funciones establecidas en los numerales 1,6, 10, 11, 12, 13, 15 y 17 del Artículo 14 del Acuerdo 8223 del Consejo de Ministros.
Responde por el cumplimiento de los programas: Salud, Educación y la Dependencia Interna del Poder Popular.
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