Acto que describe la construcción que se inicia nueva desde los cimientos, y su emplazamiento puede ser en un solar yermo o en una azotea.
- Concurrir los interesados con su CARNÉ DE IDENTIDAD.
- Licencia de construcción para obra nueva.
- Certificación de Habitable o Dictamen Técnico emitidos por la dirección municipal de Planificación Física.
- Resolución de Superficiario del terreno, expedida por la dirección municipal de Planificación Física, o copia autorizada de la escritura pública de cesión de uso parcial o total de azotea para edificar vivienda.
La Tarifa Notarial de este acto es de $50.00
Término: hasta 7 días.
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