Se produce con posterioridad a la fecha de autorización de la escritura de divorcio, cuando los excónyuges deciden modificar los acuerdos en relación con las convenciones relativas a las relaciones paternas filiales (Ver 12).
- Concurrir los excónyuges con sus respectivos CARNÉS DE IDENTIDAD.
- Copia autorizada de la escritura pública de divorcio por mutuo acuerdo (Si comparecen ante Notario distinto del que autorizó el divorcio).
La Tarifa Notarial de este acto es de $20.00
Término: hasta 15 días.
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